¿Necesitas un consejero de seguridad de mercancías peligrosas?

Según el Real Decreto 97/2014, las empresas que necesitan un consejero de seguridad de mercancías peligrosas son aquellas que transporten, carguen, descarguen o almacenen dichas mercancías por carretera, ferrocarril o vía navegable, siempre que superen unas cantidades mínimas establecidas en el ADR. Estas cantidades dependen de la clase y el grado de peligrosidad de las mercancías, y se pueden consultar en el capítulo 1.1.3.6 del ADR.

Algunos ejemplos de empresas que necesitan consejero de seguridad son:

  • Expedidores de transportes de mercancías peligrosas.
  • Transportistas de mercancías peligrosas.
  • Transportistas, cooperativas y empresas con depósitos propios.
  • Empresas cargadoras, transportistas y consumidoras de productos químicos considerados como peligrosos por el ADR.
  • Gasocentros, distribuidores de hidrocarburos y centros con depósitos de más de 1.000 litros de gasóleo.
  • Algunos abonos y productos fitosanitarios.
  • Material explosivo y de pirotecnia.
  • Fabricantes y distribuidores de pinturas con composición inflamable, disolventes y barnices.
  • Empresas dedicadas a la gestión y transporte de residuos peligrosos.
  • Hospitales y clínicas.
  • Imprentas, fabricantes y distribuidores de productos de limpieza, productos para piscinas, fabricantes de papel, plásticos, textil, embotelladoras de agua mineral, distribuidoras de agua potable, fabricantes de licores, de conservas, etc.
  • Cualquier empresa que disponga de un depósito de capacidad superior a 3.000 litros, o que produzca residuos peligrosos.

No obstante, no existe un listado completo de las actividades económicas que necesitan un consejero de seguridad, ya que depende de las características y cantidades de las mercancías peligrosas que se transporten, carguen, descarguen o almacenen.

Para confirmar si una empresa necesita un consejero de seguridad, te recomendamos consultar la ficha de seguridad del producto y el ADR, donde se especifican las instrucciones y las exenciones para el transporte de mercancías peligrosas.

Las empresas que dispongan de consejero de seguridad deberán comunicarlo a la Comunidad Autónoma donde tengan su domicilio fiscal, así como elaborar un informe anual sobre las actividades realizadas con mercancías peligrosas. Además, en caso de accidente, el consejero deberá redactar un informe de sucesos y comunicarlo a la Dirección General de Transporte Terrestre y al órgano competente de la Comunidad Autónoma donde se haya producido el accidente.

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