Que servicios ofrecemos

Consejero de seguridad de mercancías peligrosas externo

Asumimos la figura de consejero de seguridad externo de mercancías peligrosas de su empresa y la representación de la misma, ante las distintas administraciones públicas. Le asesoramos en el cumplimiento de las normativas y regulaciones vigentes consecuentes de las distintas medidas de seguridad y procedimientos a adoptar en el desempeño de su actividad, derivadas de las obligaciones que están reguladas en el marco del ADR, en el RD 97/2014 y demás normativas especificas que afecten a su sector.

Consultor de ADR

Realizamos actividades de consultoría a nuestros clientes, sobre las materias y objetos considerados mercancías peligrosas, en todos los temas derivados de la aplicación de las regulaciones y normativas vigentes, en los distintos procedimientos a adoptar, en la seguridad en el manejo de estas sustancias (tanto por usted, como por sus empleados), en la diversa documentación requerida para cada caso en particular. Y que requiera tanto del almacenamiento en sus instalaciones de estas materias, como en el transporte y/o distribución de las mismas.

Auditoria ADR

Auditamos y damos respuestas y soluciones a las empresas y profesionales, en la seguridad en sus instalaciones y en sus transportes. A través de la aplicación de las regulaciones existentes, en materia de Mercancías Peligrosas.

Formación

Formamos a plantillas y trabajadores, en el desempeño de sus funciones, proporcionándoles herramientas y códigos de seguridad, que les ayudaran a realizar sus funciones de una forma óptima. Garantizando e incrementando la seguridad en su centro de trabajo y reduciendo la siniestralidad del mismo.

¿Lo quieres más detallado?

Aquí te mostramos todo lo que hacemos para nuestros clientes...

  • Las labores a desarrollar para dar cumplimiento a la normativa aplicable: al acuerdo ADR y al Real Decreto 97/2014, de 14 de febrero, por el que se regulan las operaciones de transporte de mercancías peligrosas por carretera en territorio español, sobre consejeros de seguridad (RD 97/2014).
  • Asumimos la figura de consejero de seguridad externo de mercancías peligrosas para todas aquellas empresas que lo necesiten y por carretera, y sus funciones están reguladas en el acuerdo ADR y en el RD 97/2014.
  • Preparar el comunicado ante la administración para la designación de consejero.
  • Analizar la documentación que dispone la empresa o, en su caso, confeccionarla (procedimientos, instrucciones operativas, cartas de porte, listas de comprobación, etc.) para adaptarla a las exigencias del acuerdo ADR y al RD 97/2014, así como a la Ley y al Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT), y demás normativa específica que le afecte en el desempeño de su profesión.
  • Realizar inspecciones/auditorías en las diferentes áreas de actividad de la empresa.
  • Informar a la empresa de aquellos aspectos claves relacionados con los cambios normativos que se publiquen, introduciendo dichos cambios en la documentación.
  • Consultoría a la empresa en los aspectos relacionados con la materia en transporte, almacenamiento y distribución de materias y objetos considerados Mercancías Peligrosas.
  • Seguimiento de las actividades relacionadas con las mercancías peligrosas. Se realizará una visita inicial y una visita anual, como mínimo, para evaluar el grado de cumplimiento de la normativa aplicable al transporte de mercancías peligrosas por carretera. Durante estas visitas se revisará la documentación, los procedimientos operativos y se podrán realizar pruebas de conocimientos al personal involucrado.
  • Verificar periódicamente con los responsables de las secciones involucradas en las operaciones que se cumplen las reglas aplicables a la expedición o al transporte de mercancías peligrosas por carretera, o las operaciones de embalado, carga, llenado y descarga relacionadas con estos transportes de mercancías peligrosas. Se podrán realizar reuniones o charlas informativas para reforzar el cumplimiento de las normas y establecer buenas prácticas en el manejo de mercancías peligrosas.
  • Colaborar y atender los requerimientos de los servicios de inspección del transporte cuando sean requeridos en la empresa. Esto incluye proporcionar la documentación y los registros necesarios, permitir el acceso a las instalaciones y realizar las correcciones o mejoras solicitadas en caso de incumplimientos detectados.
  • Responder con diligencia vía correo electrónico o teléfono a consultas sobre dudas o consultas que puntualmente se presenten. Las consultas pueden estar relacionadas con la interpretación de las normas, la adecuación de la documentación o cualquier otro aspecto relacionado con la seguridad en el transporte de mercancías peligrosas por carretera.
  • Sesiones formativas al personal implicado en la expedición o el transporte de mercancías peligrosas por carretera, o las operaciones de embalado, carga, llenado y descarga relacionadas con estos transportes de mercancías peligrosas. Estas se impartirán de forma periódica y se adaptarán a las necesidades específicas de cada empresa, abordando aspectos técnicos, procedimientos de seguridad, manejo de emergencias y otros temas relevantes.
  • Investigar los accidentes que ocurran en las operaciones carga, llenado, descarga y transporte de mercancías peligrosas, y redactar el parte de accidentes en los casos previstos en el ADR. Estas investigaciones ayudarán a identificar las causas de los incidentes y proponer medidas preventivas para evitar su recurrencia en el futuro.
  • Confeccionar el informe anual requerido por la administración. Este informe recogerá todas las actividades realizadas como consejero de seguridad externo, incluyendo las visitas de inspección, las acciones formativas, las consultas atendidas y cualquier otro aspecto relevante relacionado con el cumplimiento de la normativa.
  • Comprobar si es de aplicación o si la empresa dispone del plan de protección de mercancías de alto riesgo. En caso de no contar con este plan, se brindará asesoramiento y apoyo para su elaboración y puesta en práctica, asegurando el cumplimiento de las disposiciones legales y la mejora de la seguridad en las operaciones.
  • Asesoramiento en transporte intermodal. Documentación, señalización requerida, modos de carga y transporte.
  • Análisis y redacción de recursos ante sanciones. En caso de que la empresa reciba alguna sanción por incumplimiento de la normativa de transporte de mercancías peligrosas, se analizará la situación, se revisarán los procedimientos internos y se redactarán los recursos necesarios para impugnar la sanción, garantizando la defensa de los intereses de la empresa.

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